Pensión Bienestar para adultos mayores: Estos beneficiarios reciben PAGO especial en junio de 2025

Aunque recientemente se otorgó el más reciente depósito bimestral de la Pensión Bienestar para adultos mayores, es importante saber que en junio de 2025 hay algunos beneficiarios que reciben un pago especial, pero este solo se proporciona en casos muy específicos.

Durante junio de 2025, la dispersión especial que se otorga de la Pensión Bienestar es el que tiene como concepto “pago de marcha”. Dicho abono no es proporcionado a los adultos mayores, sino que en caso de su fallecimiento, los beneficiarios que fueron designados como auxiliares tienen derecho a recibir este apoyo económico.

El pago especial de marcha tiene como objetivo brindar un apoyo único a la familia para ayudar a cubrir los gastos inmediatos derivados del deceso de los adultos mayores que formaron parte de la Pensión Bienestar. En 2025, el monto que se le otorga a los beneficiarios auxiliares es de 3,100 pesos.

Se debe entender que el pago especial de marcha no es el último depósito de la Pensión Bienestar del fallecido. De hecho, para poder solicitarlo, los beneficiarios auxiliares no deben haber cobrado ningún apoyo de la pensión después de la fecha de fallecimiento del adulto mayor, pues hacerlo es considerado un delito y anula el derecho al beneficio.

¿Cómo solicitar el pago especial de marcha de la Pensión Bienestar en junio de 2025?

Para solicitar el pago especial de marcha de la Pensión Bienestar en junio de 2025, los beneficiarios auxiliares deben notificar el fallecimiento del adulto mayor lo antes posible a la Secretaría de Bienestar, a través de la Línea del Bienestar (800 639 4264) o acudiendo a uno de los módulos del programa.

La solicitud debe realizarse dentro de los dos bimestres siguientes a la muerte del adulto mayor. Si se excede este plazo, se pierde el derecho al apoyo. Se requiere la identificación oficial vigente del beneficiario auxiliar, el acta de defunción, CURP del fallecido, y una constancia médica oficial para cotejo del suceso.

Si se cumplen con los requisitos y plazos establecidos para el pago especial de marcha de la Pensión Bienestar, el apoyo económico se emitirá al bimestre siguiente después de que se haya notificado el fallecimiento y se haya procesado la solicitud, es decir, que si el trámite se hace en junio, los beneficiarios auxiliares recibirán los recursos a partir de agosto.

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