Se recorre Día de la Constitución Mexicana; confirman nueva FECHA de descanso obligatorio en febrero

Se recorre Día de la Constitución Mexicana; confirman nueva FECHA de descanso obligatorio en febrero

Los empleados de todo el país podrán disfrutar de una nueva fecha de descanso obligatorio, apenas inicie el mes de febrero, ya que a través de la Ley Federal de Trabajo (LFT) confirman que se recorre el Día de la Constitución Mexicana, una festividad de gran importancia para los habitantes, la cuál tendrá una modificación en 2025 para otorgar el primer puente oficial del año.

El Día de la Constitución Mexicana se conmemora el 5 de febrero, sin embargo, para este 2025 confirman que se recorre la celebración del aniversario, para establecer una nueva fecha de descanso obligatorio para los trabajadores de la República Mexicana. Con el objetivo de otorgar un puente, se concederá como libre el primer lunes del mes, por lo que no deberán presentarse a sus labores desde el fin de semana.

Los días feriados o festivos tienen por objeto que las y los trabajadores celebren, con entera libertad, las festividades cívicas o religiosas que se conmemoran en esas fechas.

Tal y como se marca en el artículo 75 de la LFT, se recorre el Día de la Constitución Mexicana al próximo lunes 3 de febrero para fomentar los puentes vacacionales y permitir a la población disfrutar de fines de semana más largos. Al implementar esta nueva fecha de descanso obligatorio, se beneficia tanto a los trabajadores como a la economía del país.

¿Qué pasa si los empleados acuden a su trabajo en esta nueva fecha feriada por el Día de la Constitución Mexicana?

Cabe recordar que al ser fecha de descanso obligatorio la jornada en que se conmemora el Día de la Constitución Mexicana, a los trabajadores que se les convoque a sus  labores, se les debe otorgar un pago adicional, conforme a lo establecido en la LFT. Ya que se recorre la conmemoración del aniversario, tendrán la posibilidad de ausentarse en sus trabajos durante tres días consecutivos a inicios de febrero.

Ante esto, además del salario que normalmente recibirían por trabajar en esta fecha , a los empleados se les debe proporcionar el doble de su sueldo diario. A través de la Ley, confirman que este derecho laboral también se aplica a las otras jornadas de descanso obligatorio en 2025, las cuales son las siguientes:

  • Lunes 3 de febrero por La Conmemoración de la Constitución Mexicana.
  • Lunes 17 de marzo por el Natalicio de Benito Juárez.
  • Jueves 1 de mayo por el Día Internacional del Trabajo.
  • Martes 16 de septiembre por el Día de la Independencia.
  • Lunes 17 de noviembre por el Aniversario de la Revolución Mexicana.
  • Jueves 25 de diciembre por la Celebración de la Navidad.

Los días de descanso obligatorio se encuentran señalados en el artículo 74 de la LFT, siendo el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero.

 

En caso de que el patrón o la empresa para la que se labora no paga el día de descanso obligatorio en esta nueva fecha festiva de febrero, conforme a lo establecido en la LFT, los trabajadores tienen la posibilidad de presentar una queja formal ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), lo cual puede representar importantes sanciones para los empleadores.

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